Resolución 26589 OBRAS MENORES ELECTRIFICACION MANZANA 54

 

RESOLUCIÓN IM/26.589

VISTO:

La Ley Nº 12.385, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, y;

 CONSIDERANDO:

Que según la Ley Provincial N°12.385, su modificatoria Ley Nº 12.744 y Decreto Reglamentario Nº 1123/08 se establece la creación de un Fondo dentro del Presupuesto Provincial para la realización de Obras Menores en los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe;

Que nuestra localidad se encuentra comprendida en los alcances del Fondo;

Que teniendo en miras que la Municipalidad de San Jorge posee fondos disponibles dentro de las pautas establecidas en los considerandos, tratándose de $ 274.866.580,79.- (Pesos doscientos setenta y cuatro millones ochocientos sesenta y seis mil quinientos ochenta con setenta y nueve centavos.-) en concepto de Fondos No Reintegrables correspondientes al período 2025 para obras menores;

Que de dichos fondos, se han solicitado un aporte por pesos ciento setenta millones trescientos treinta y cinco mil seiscientos ($ 170.335.600), quedando entonces un total de pesos ciento cuatro millones quinientos treinta mil novecientos ochenta con setenta y nueve centavos ($104.530.980,79);

Que existe un remanente del año 2024 de pesos trece millones ciento veintitrés mol doscientos setenta y ocho con sesenta y ocho centavos ($13.123.278,68.-)

Que esto deja un total disponible de PESOS CIENTO DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON CUARENTA Y SIETE ($117.654.259,47.-);

Que es necesario llevar electricidad para 27 viviendas que se encuentran actualmente en ejecución, a la vez que prever la electrificación total al conjunto de 36 lotes que componen la manzana Nº 54, considerando como anteproyecto futuro inmediato a la manzana Nº 55;

Que el presupuesto estimado para la ejecución de estas obras asciende a PESOS CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTE CON OCHENCHA Y OCHO CENTAVOS ($ 137.755.220,88)

  Por todo ello, el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756:

 

RESUELVE:

ART. 1°): Elevar al Concejo Municipal el siguiente Proyecto de Ordenanza para su correspondiente estudio y aprobación.

ORDENANZA:

Art. 1º): Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Nº Ley 12.385, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, el aporte de PESOS CIENTO DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNEVE CON CUARENTA Y SIETE ($117.654.259,47.-), en concepto de Fondos No Reintegrables, para destinar a electrificación de Manzana Nº 54.-

Art.2º): Facúltese al Intendente de la Municipalidad de San Jorge, Sr. Juan Pablo Pellegrino, a gestionar los fondos del Proyecto de de PESOS CIENTO DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNEVE CON CUARENTA Y SIETE ($117.654.259,47.-), en concepto de Fondos No Reintegrables, para destinar a electrificación de Manzana Nº 54.-

Art. 3º): Los Ingresos y Egresos que se produjeran se imputarán en las cuentas Nº 1.04.02 “OBRAS MENORES LEY 12.385” y 2.04.02.16 “OBRAS MENORES LEY 12.385” respectivamente del Presupuesto en vigencia.-

Art. 4º):  Autorícese al Sr. Intendente Municipal para que, mediante la Subsecretaría de Hacienda del Municipio, adecúe las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.-

Art.5º): Desígnese como Proyectista y Conductor Técnico de la Obra al Técnico Mecánico Eléctrico Nacional Javier A. Redolfi Mat. C. P. T. 9749;

Art. 6º):  Remítase el presente decreto al Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de San Jorge a los efectos de ser ratificado.-

Art. 7º: De Forma.-

Art. 2º: Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-

Dado en la intendencia municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe a los veintinueve días del mes de julio del dos mil veinticinco. –