Resolución 26926 COMODATO PRODUCTIVO CEJAS

RESOLUCION IM/26.926

VISTO:

El Expte. Nº 368 del año 2026 CEJAS OSCAR ADOLFO s. Solicitud Lote en comodato productivo (Ord. 2217/18).-

CONSIDERANDO:

Que por el mismo el Sr. Oscar Adolfo Cejas, solicita se le otorgue en comodato por el término de dos (2) años sobre un Inmueble de Propiedad Municipal donde funcionará un emprendimiento de elaboración de chacinados, milanesas, hamburguesas y productos afines;

Que la autoridad competente ha realizado los estudios correspondientes sobre dicho proyecto, los cuales son parte del expediente de referencia;

Que Oficina de Catastro informa, que existe un posible Inmueble para el uso mencionado que se halla ubicado sobre calle Garay altura 2000, a nombre de Municipalidad de San Jorge (Nomenclatura Catastral: 08.0000A.4056.0019 Nº de Liquidación 79696 P.I.I Nº 163961/0084-3);

Que Inspección de Obras informa que el terreno solicitado es un lote baldío;

Que Obras Privadas verifica que es una actividad conforme al Área referida;

Que conforme informe de Secretaria de Medio Ambiente se han realizado las categorizaciones ambientales correspondientes;

Que Tributos y Contribuciones indica que no adeuda Tasas de Servicios ni Obras;

Que DREI indica que se encuentra inscripto y no posee deuda de DREI;

Que, el Sr. Fiscal Municipal dictamina no observar impedimentos de orden legal para el otorgamiento del comodato solicitado;

Que el Departamento Ejecutivo encuentra conveniente satisfacer el pedido efectuado por el solicitante, considerando que es una de las formas de fomentar el desarrollo de los emprendimientos dentro del Municipio;

Que a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza N° 2217, es necesario contar con la autorización del Honorable Concejo Municipal.

Por todo ello, el Intendente de la ciudad de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 14.436:

RESUELVE:

ART. 1°): Elevar al Honorable Concejo Municipal el siguiente Proyecto de Ordenanza para su correspondiente estudio y aprobación. –

ORDENANZA

Art. 1º): Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un contrato de Comodato de hasta dos (2) años con el Sr. Oscar Adolfo Cejas, DNI Nº 36.680.082, domiciliado en calle O´Higgins 1330 de esta Ciudad de San Jorge, sobre un Inmueble de propiedad Municipal ubicado sobre calle Garay altura 2000, a nombre de Municipalidad de San Jorge (Nomenclatura Catastral: 08.0000A.4056.0019 Nº de Liquidación 79696 P.I.I Nº 163961/0084-3).-

Art. 2º): Autorícese al Intendente Municipal Sr. Juan Pablo Pellegrino y a la Secretaria de Desarrollo Productivo Estefanía Giecco a suscribir el respectivo Contrato en los términos del Art. 1º de la Presente.-

Art. 3º: El Inmueble cedido en comodato deberá ser destinado para funcionamiento de elaboración de chacinados, milanesas, hamburguesas y productos afines; El Departamento Ejecutivo Municipal verificará el cumplimiento del destino especificado.-

Art. 4º): Establézcase como cláusula integrante del contrato referido la siguiente:

“Todas las mejoras que el Comodatario introduzca en el inmueble motivo del presente que puedan ser desmontadas y/o retiradas, sin que ello implique destrucción, deterioro y/o inutilización de las mismas conforme a su naturaleza para su posterior uso, podrán ser retiradas por el Comodatario en su calidad de propietario de las mismas, quedando las mejoras restantes en beneficio de la Comodante”

Art. 5º): De Forma.-

ART. 2°): Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-

Dada en la ciudad de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los 10 días del mes de Junio de dos mil veintiséis. –