Decreto 5014 INSCRIPCION DOMINIO FISCAL manzana 55
DECRETO Nº 5014
VISTO:
El expediente 02-2024-77-1-73177, mediante el cual la Oficina de Catastro solicita llevar a cabo los trámites necesarios a los fines de proceder a la primera inscripción de dominio del inmueble empadronado bajo la partida inmobiliaria 12-08-00 166091/0000-8 e inscripto en el Catastro Municipal a nombre de esta Municipalidad de San Jorge; y
CONSIDERANDO:
Que, se solicita la inscripción a favor de la Municipalidad de San Jorge, de una fracción de terreno, empadronada en el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia, bajo nomenclatura Dpto. 12 – San Martin; Distrito 08-San Jorge; Sección 01; Manzana 0570 ; Parcela 00001, Partida de Impuesto Inmobiliario 12-08-00 166091/0000-8, y conforme a Plano de Mensura en proceso de inscripción, es un lote de terreno ubicado en zona suburbana del distrito San Jorge del departamento San Martin designado como lote 1, poligonal cerrada de límites de 4 lados, cuyas dimensiones lineales y linderos son los siguientes: el lado A – B mide 86.60 metros, linda al Este con Calle General Paz; el lado B – C mide 86.60 metros, linda al Sur con Calle Cangallo; el lado C – D mide 86.60 metros, linda al Oeste con Calle General Artigas; el lado D – A mide 86.60 metros, linda al Norte con Calle Yapeyú; y cuyos ángulos internos son en el vértice A: 89°29’31”, vértice B: 90°30’29», vértice C: 89°29’31″, vértice D: 90°30’29». Encierra una superficie de 7499.27 metros cuadrados. Observaciones Especificas del Lote a la fecha 24/07/2024: Los frentes sobre calle General Paz, Calle Cangallo Cangallo, Calle General Artigas y Calle Yapeyú, afectados a futuro ensanche según ordenanza N°170 – art. N°35.
Que, en virtud de haberse iniciado en el Colegio de Agrimensores de la Provincia de Santa Fe – Distrito Norte, a través del profesional Lodigiani Manuel Jesús, Matrícula N°2-0498-6, el expediente N°159267, corresponde realizar la primera inscripción de dominio en el Registro General de la Propiedad Inmueble, y así avanzar en el Programa de Regularización Dominial;
Que, el Art. 5º de la Ley 2756 dispone que: “…corresponde en propiedad a las Municipalidades constituidas o que se constituyan en lo sucesivo, todos los terrenos fiscales baldíos, o sin propietario, que se encuentren dentro de los límites del respectivo municipio…”.
Que, el Art. 45º de la misma Ley dispone que: “… a) Todos los terrenos baldíos, los sin propietarios y los que pertenezcan al fisco provincial y se encuentren dentro de los límites del respectivo municipio, en las Municipalidades de primera categoría y de la planta urbana en las de segunda, con excepción de los que se hubiere reservado el Gobierno para obras de utilidad pública, con anterioridad a la promulgación de la presente ley o que para el mismo objeto necesitare en delante de acuerdo con el artículo 5º.”
Que, reuniendo la fracción de terreno descripta los requisitos antedichos, corresponde dictar el acto administrativo correspondiente, a los fines de establecer la inscripción registral pertinente, de forma tal de avanzar en la regularización dominial del mismo y su efectiva incorporación al patrimonio Municipal.
Por todo ello, el Intendente Municipal de la Ciudad de San Jorge, en uso de sus atribuciones que le son propias:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: DISPÓNESE, por aplicación de los artículos 236 inciso a), artículos 1899, 1900 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación y los Artículos 5º y 45º inciso a) de la Ley Provincial Nº2.756 (Ley Orgánica de Municipios), y encontrarse dentro de la Planta Urbana del Municipio de San Jorge, carecer de propietarios y no estar reservados por el Superior Gobierno de la Provincia para Obras de Utilidad Pública, la inscripción en el Registro General de la Propiedad Inmueble y demás organismos pertinentes, del siguiente inmueble, a saber: es un lote de terreno ubicado en zona suburbana del distrito San Jorge del departamento San Martin designado como lote 1, poligonal cerrada de límites de 4 lados, cuyas dimensiones lineales y linderos son los siguientes: el lado A – B mide 86.60 metros, linda al Este con Calle General Paz; el lado B – C mide 86.60 metros, linda al Sur con Calle Cangallo; el lado C – D mide 86.60 metros, linda al Oeste con Calle General Artigas; el lado D – A mide 86.60 metros, linda al Norte con Calle Yapeyú; y cuyos ángulos internos son en el vértice A: 89°29’31”, vértice B: 90°30’29», vértice C: 89°29’31″, vértice D: 90°30’29». Encierra una superficie de 7499.27 metros cuadrados. Observaciones Especificas del Lote a la fecha 24/07/2024: Los frentes sobre calle General Paz, Calle Cangallo, Calle General Artigas y Calle Yapeyú, afectados a futuro ensanche según ordenanza N°170 – art. N°35.-
ARTICULO 2º: AUTORIZASE al Escribano Ariel Jorge, Registro Notarial Nº 401 de la ciudad de Santa Fe, a confeccionar y suscribir las fichas y documentación pertinente exigida por el Registro General de la Propiedad Inmueble, y a la realización de cuanto acto y/o gestión fuere conducente para la realización y efectivización del Artículo 1º del presente, haciendo constar que la C.U.I.T. de la Municipalidad de San Jorge es 30-67464496-1.-
ARTICULO 3º: Comuníquese y publíquese a sus efectos. Cumplimentado, Archívese.-
Dada en la Intendencia Municipal de San Jorge, “Ciudad Sanmartiniana”, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintidós días del mes de octubre de dos mil veinticuatro.-