Decreto 5029 Adjudicacion Licitacion 11

2024 “Año del 30º aniversario del Hermanamiento con Cavallermaggiore”

DECRETO Nº 5029

VISTO:

La Licitación Pública Nº 11/24 para la “PROVISIÓN DE 43.50 TONELADAS DE CEMENTO ASFÁLTICO CA 30 Y 13 TONELADAS DE EMULSIÓN CATIONICA CRR -0- CON DESTINO A REPAVIMENTACIÓN DE AV. ALBERDI”, y;

CONSIDERANDO:

Que en el día y hora señalados en el llamado a licitación para el objeto de la presente, se procede a la apertura de sobres de los respectivos oferentes.-

Que se han presentado dos (2) ofertas, correspondiendo el sobre de Propuesta Nº1 a la firma “AVANZAR SA.” con domicilio legal en ruta 66 KM 40.5 de la ciudad de Cañada Rosquin, Provincia de Santa Fe, verificándose cumplidos los requisitos exigidos en los artículos 4º, 5º y 6º del Pliego de Bases y Condiciones Generales; el sobre de Propuesta Nº2 corresponde a “PETROQUIMICA PANAMERICANA S.A.”, con domicilio real en Camino de la Costa Brava S/n, Parque Industrial Zarate, Provincia de Buenos Aires, y legal en Sarmiento 1017, San Jorge, Santa Fe verificándose también cumplidos a su respecto, los requisitos exigidos en los artículos 4º, 5º y 6º del Pliego de Bases y Condiciones Generales.-

Que, realizada en el momento la evaluación de las empresas presentadas, en base a la documentación incluida en los sobres respectivos (conf. al procedimiento previsto en los arts. 11 y sgtes. del Pliego mencionado), sin que se hubieran presentado observaciones a las ofertas en el plazo establecido en el artículo 14º, se procede al análisis de las propuestas económicas efectuadas.

Que, la firma “AVANZAR S.A.” cotiza por: Oferta: 1) Asfasol 30 Precio por tonelada $1.150.000.-, IVA Incluido. Forma de pago contado, costo por 43.5 toneladas la suma de cincuenta millones veinticinco mil ($50.025.000.-) 2) Emulsión EBCR-1 Precio por Tn $841.000.- IVA incluido. Forma de pago contado, costo total por 13 toneladas de pesos diez millones novecientos treinta y tres mil ($10.933.000.-). Productos de marca y procedencia YPF. Los mismos se entregarán en planta asfáltica indicada en el pliego. Mantenimiento de oferta: 30 días corridos a partir de la fecha de cotización. Oferta: 2) Asfasol 30 Precio por tonelada $1.200.000.-, IVA Incluido. Forma de pago 30 días, costo por 43.5 toneladas la suma de pesos cincuenta y dos millones doscientos mil ($52.200.000.-) 2) Emulsión EBCR-1 Precio por Tn $870.000.- IVA incluido. Forma de pago 30 días, costo total por 13 toneladas de pesos once millones cincuenta mil ($11.050.000.-). Productos de marca y procedencia YPF. Los mismos se entregarán en planta asfáltica indicada en el pliego. Mantenimiento de oferta: 30 días corridos a partir de la fecha de cotización. Presenta constancia de registro de proveedores, constancia de recibo de pago de compra de pliego, depósito de garantía de oferta, y demás documentación según pliego.-

Que, la firma “PETROQUIMICA PANAMERICANA S.A” cotiza por: Propuesta Nº 2: 30 Toneladas de Cemento asfáltico CA 30, precio unitario con IVA incluido, $1.145.000.- por tonelada. Precio total por 43.5 toneladas de pesos cuarenta y nueve millones ochocientos siete mil quinientos, IVA incluido ($49.807.500.-). Condición de pago 30 días de la entrega. Plazo de entrega Inmediato. Se adjunta especificaciones técnicas. Oferta 2(Alternativa): 43.5 Toneladas de Cemento asfáltico CA 30, precio unitario con IVA incluido, $1.100.000.- por tonelada. Precio total por 43.5 toneladas de cuarenta y siete millones ochocientos cincuenta mil ($47.850.000.-). Condición de pago contado. Presenta constancia de registro de proveedores, constancia de recibo de pago de compra de pliego, póliza de caución de la firma Albacaución Nº 10.399.46. a favor de Municipalidad de San Jorge por la suma de pesos quinientos mil pesos y demás documentación según pliego.

Que no habiendo otros oferentes y no existiendo observaciones al proceso licitatorio, se tienen por válidas las ofertas presentadas por éstos.

Que, del análisis económico de las ofertas, surge que la propuesta efectuada por “PETROQUIMICA PANAMERICANA S.A”, es económicamente inferior a la oferta presentada por “AVANZAR S.A”. Sin embargo la propuesta presentada por “PETROQUIMICA PANAMERICANA S.A”, no incluye el segundo ítem de la prestación, que consiste en 13 toneladas de emulsión catiónica Crr -0- especificado en el artículo 2 del pliego de bases y condiciones particulares. A diferencia de la anterior, la firma “AVANZAR S.A.” presento ofertas incluyendo ambos ítems solicitados en el pliego mencionado. A tal efecto, ésta comisión entiende que la propuesta presentada por la mencionada corresponde a una oferta integral, proveyendo todo lo necesario para realizar la obra que este municipio debe ejecutar, y por subsiguiente la que más se ajusta a los intereses municipales en juego, resultando ello argumento dirimente a criterio de esta Comisión para pre adjudicar a ella la presente.

Que la Comisión resuelve Tener por válidas las ofertas realizadas por las firmas “AVANZAR SA.” con domicilio legal en ruta 66 KM 40.5 de la ciudad de Cañada Rosquin, Provincia de Santa Fe, “PETROQUIMICA PANAMERICANA S.A.”, domicilio real en Camino de la Costa Brava S/n, Parque Industrial Zarate, Provincia de Buenos Aires, y legal en Sarmiento 1017, San Jorge, Santa Fe.-

Que la misma pre adjudica la presente Licitación Pública Nº 11/24 a la firma “AVANZAR SA.” con domicilio legal en ruta 66 KM 40.5 de la ciudad de Cañada Rosquin, Provincia de Santa Fe, en primer lugar y orden de mérito, por ser la más conveniente a los intereses municipales en juego.-

Por todo ello, el Intendente Municipal de la ciudad de San Jorge, en uso de las atribuciones que le son propias:

DECRETA

Art.1º).- Adjudíquese Licitación Pública Nº 11/24 a la firma “AVANZAR SA.” con domicilio legal en ruta 66 KM 40.5 de la ciudad de Cañada Rosquin, Provincia de Santa Fe, en primer lugar y orden de mérito, por ser la más conveniente a los intereses municipales en juego.-

Art.2º).- El egreso que conlleve será imputado a la cuenta Nº 2.02.02.02.19 “ CONSERVACIÓN PAVIMENTO URBANO” del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos en vigencia.-

Art.3º).- Notifíquese a las Oficinas pertinentes para su conocimiento.-

Art.4º).- Notifíquese a las firmas en forma fehaciente el presente Decreto.-

Art.5º).- Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-

Dado en la Intendencia Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe a los diecinueve días del mes de Diciembre de dos mil veinticuatro.-