Decreto 5045 Adjudicacion Licitacion 13

DECRETO Nº 5045

VISTO:

La Licitación Pública Nº 13/24 para la “CONTRATACIÓN DE SEGURO DE VIDA COLECTIVO PARA CUBRIR LAS OBLIGACIONES EMERGENTES DE LA LEY N° 9286 DE MUNICIPIOS Y COMUNAS”, y;

CONSIDERANDO:

Que en el día y hora señalados en el llamado a licitación para el objeto de la presente, se procede a la apertura de sobres de los respectivos oferentes.-

Que se han presentado UN (1) sobre, perteneciente a la siguiente firma:

LA SEGUNDA C.L.S.G., con domicilio legal constituido en calle Sarmiento Nº 981 de esta ciudad de San Jorge

Que, realizada en el momento la evaluación de la empresa presentada, en base a la documentación incluida en el sobre respectivo (conf. al procedimiento previsto en los arts. 11 y sgtes. del Pliego mencionado),

Que la oferta correspondiente a La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales cotiza por Oferta: total de asegurados: 115 personas según nomina informada. Adhesión 100% de la nómina. Riesgo cubierto: * muerte por cualquier causa durante las 24 horas del día, excepto por enfermedad con inicio anterior a la vigencia del contrato *invalidez total y permanente como consecuencia de enfermedad o accidente según detalles adjuntos. Suma asegurada total: Pesos dos mil cuatrocientos setenta y tres millones ciento sesenta y ocho mil seiscientos veinte dos con setenta y siete ($2.473.168.622,77.-) corresponde a lo estipulado por el Art. 24 de la Ley 9286. Con 10 años computables: 100% de las remuneraciones y asignaciones mensuales por cada año de antigüedad. Más de 10 años y hasta 20 años computables: El 150% por año de antigüedad que exceda los 10 años. Más de 20 años: el 200% por año de antigüedad que exceda los 20 años. El beneficio será abonado al tomador del seguro, modalidad reintegro. Premio del seguro: tasa de premio mensual 0,401 por mil. Premio anual: $ 11.915.317,44.- Premio mensual: $992.943,12. Edad límite de ingreso 67 años. Edad límite de ingreso para futuras incorporaciones 65 años. Edad límite de permanencia servicio activo al momento de emisión de póliza según detalle adjunto. Revisión anual de tasa de premio y costo. La cobertura de vida no posee recargo financiero. Mismo premio anual pagadero en 1/2/3/4/6 o 12 cuotas. Validez de la oferta 60 días corridos contados desde la fecha de la apertura de la licitación. Presenta: recibo de compra de pliego por la suma de Pesos cincuenta mil ($50.000.-), pólizas de seguro Nº 1042900 de la Firma Alba Caución Seguros por la suma de Pesos $ 100.000,00. Constancia de inscripción al registro de proveedores de la Municipalidad de San Jorge, pliego firmado. Demás documentación adjunta según pliego.-

Que no se han presentado observaciones a la propuesta presentada, por parte de otros oferentes o interesados, y habiendo transcurrido el plazo legal para formular impugnaciones, esta Comisión de Adjudicación considera válida la misma por ajustarse a los pliegos licitatorios.-.

Que, al ofertarse lo solicitado conforme al pliego, y siendo la única oferta presentada, corresponde a criterio de la comisión, adjudicar al único oferente

Que dicha Comisión aconseja adjudicar como ganadora de la Licitación Pública Nº 13/24 a la firma LA SEGUNDA C.L,S.G., por considerar que se ajusta a los intereses municipales en juego;

Por todo ello, el Intendente Municipal de la ciudad de San Jorge, en uso de las atribuciones que le son propias:

DECRETA

Art.1º).- Adjudíquese la Licitación Pública Nº N°13/24 “CONTRATACIÓN DE SEGURO DE VIDA COLECTIVO PARA CUBRIR LAS OBLIGACIONES EMERGENTES DE LA LEY N° 9286 DE MUNICIPIOS Y COMUNAS” a la firma LA SEGUNDA C.L,S.G. con domicilio constituido en calle Sarmiento Nº 981 de la ciudad de San Jorge.-

Art.2º).- El egreso que conlleve será imputado a la cuenta Nº 2.02.02.01.15 “SEGUROS PERSONALES” del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos en vigencia.-

Art.3º).- Notifíquese a las Oficinas pertinentes para su conocimiento.-

Art.4º).- Notifíquese a la firma en forma fehaciente el presente Decreto.-

Art.5º).- Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-

Dado en la Intendencia Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe a los veintiocho días del mes de enero de dos mil veinticinco.-