Decreto 5096 Cine Las Tipas

DECRETO Nº 5096
VISTO:
La Licitación Pública Nº 01/20 para la “CONCESIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA SALA DE CINE OLGA ZUBARRY DE LA CIUDAD DE SAN JORGE”.-
CONSIDERANDO:
Que, en dicho momento solo se ha presentado un (1) propuesta perteneciente a la firma Trigital Cines SRL;
Que, según la oportuna Acta de Apertura de Propuestas, se observa que el Oferente ha presentado documentación de acuerdo a Pliego de Bases y Condiciones Generales;
Que, analizada la misma se observa que la empresa Trigital Cines SRL, con domicilio legal en calle Italia 786 de la ciudad de Morteros de Prov. De Córdoba, fue la única oferente y quien explotó la concesión desde el año 2015 en la ciudad sin generar ningún tipo de conflicto y jerarquizando la ciudad con un complejo de cine a la altura de las grandes ciudades.-
Que, durante el año 2020, 2021 la explotación del mismo se vio afectada por la pandemia covid-19, por el cual mantuvo sus puertas cerradas por mas de un año, y luego de ese plazo pudo abrir sus puertas con severas restricciones, lo que afectó gravemente sus perspectivas de inversión.- ;
Que, la empresa ofrece continuar en la ciudad de San Jorge a cambio del pago equivalente a doscientas entradas de cine, considerando que el pago y la entrega de entradas en su conjunto tendrán efecto de pago en los términos del código civil y comercial con los efectos descriptos en el mismo. La empresa realizará el pago del canon locativo del 1 al 10 de cada mes mediante transferencia bancaria. A tales efectos el locatario deberá notificar al locador el precio de las entradas que cobre en la boletería y a través de la venta online. Cuando el precio se modifique el locatario notificara al locador de dicha modificación dentro de las 48 horas de producido el mismo. Los valores indicados precedentemente incluyen IVA.
Que, la ordenanza de compras establece que se puede prescindir de la licitación publica cuando la ´´adquisición de bienes cuya fabricación o venta sea exclusiva de una determinada persona física o jurídica, siempre que no hubiera sustitutos convenientes´´ y es aquí que, luego de analizada la Propuesta de continuar la explotación por parte de la empresa Trigital Cines SRL de la ciudad de Morteros, quien actualmente explota la sala en el marco de la Licitación Nº 01/20, no existen sustitutos en el mercado que puedan explotar dicha sala, es decir no resulta conveniente para el municipio la inversión necesaria para otorgar la explotación a otra empresa;
Esto se fundamenta por dos motivos principales, el primero de ellos por la inversión en infraestructura que debe llevar a cabo el municipio para volver a explotar el mismo (colocación de nuevas alfombras, butacas, reacondicionamientos edilicios, filtraciones) que ascenderían a sumas superiores al centenar de millones de pesos.-
Por otra parte la empresa se compromete a realizar inversiones de infraestructura de importante evolución, para modernizar y poner en valor nuevamente la sala, pero para ello necesitan asegurar la rentabilidad de la curva de inversiones con el plazo de concesión, dado ambas condiciones es que resulta insustituible que otra empresa en el mercado conforme el artículo citado pueda asumir dichas obligaciones.-
Que no es un dato menor, la posibilidad de perder las cinco fuentes laborales que actualmente mantiene la empresa en un contexto de crisis económica y laboral, resulta un objetivo primordial de todo ente publico mantener los puestos de trabajo privados.-
Por todo ello el Intendente Municipal de la ciudad de San Jorge en uso de las atribuciones que le son propias:
DECRETA
Art. 1º).-Extiéndase el plazo de la Licitación Pública Nº 01/20 para la “CONCESIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA SALA DE CINE OLGA ZUBARRY DE LA CIUDAD DE SAN JORGE” a la empresa Trigital Cines SRL con domicilio legal en calle Italia 786 de la ciudad de Morteros de Provincia De Córdoba, en un todo de conformidad a lo solicitado por esta Municipalidad en los Pliegos elaborados para la referida Licitación hasta el día 10 de Diciembre de 2027, por el valor equivalente de veinte entradas mensuales y el pago de los servicios eléctricos.-
Art.2º).- El ingreso será imputado a la cuenta Nº 1.01.01.04.02 “SALA CINE LAS TIPAS” del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos en vigencia.-
Art.3º).- Notifíquese a las Oficinas pertinentes para su conocimiento.-
Art.4º).- Notifíquese a Trigital Cines SRL en forma fehaciente el presente Decreto.-
Art.5º).- Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-
Dado en la Intendencia Municipal de la ciudad de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintisiete días del mes de Mayo de dos mil veinticinco.-