Decreto 5156 Benedetti

DECRETO N° 5156
VISTO:
La Ordenanza N° 592, sus modificatorias y disposiciones complementarias sancionadas por el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de San Jorge y el Decreto Nº 5046.-
CONSIDERANDO:
La vacante en la Subsecretaría de Cultura y Deporte de la Municipalidad de San Jorge;
Que para un óptimo desarrollo de la Administración, y en un todo de acuerdo con las disposiciones de la Ley Orgánica de Municipalidades de la Provincia de Santa Fe y el organigrama vigente, resulta adecuado la designación de una funcionaria para desarrollar las tareas inherentes a dicho cargo.-
Que el Sr. Franco Benedetti, demuestra idoneidad suficiente para el desempeño de dicha área demuestra idoneidad suficiente para el desempeño de dicha área siendo un reconocido artista local y una persona arraigada a la cultura, docente y locutor nacional, con amplia experiencia laboral, incluyendo Director de Cultura de este municipio.-
Por todo ello, el Intendente Municipal de San Jorge, en uso de las facultades que le son propias,
DECRETA
Art.1º).-: Desígnese al Sr. Franco Omar Benedetti, DNI N° 30.516972, al cargo de Subsecretario de Cultura y Deporte de esta Municipalidad a partir del día 01 de marzo de 2026, quien deberá cumplir sus funciones de acuerdo a La ordenanza N° 592, sus modificatorias y disposiciones complementarias sancionadas por el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de San Jorge y el Organigrama Municipal.-
Art.2º).- Serán sus funciones:
1) Promover y coordinas las actividades culturales y artísticas de carácter general.
2)- Elaborar planes de extensión cultural.
3)- Difundir programas o eventos culturales de menor acceso popular.
4)- Apoyar la realización de cursos, conferencias y otros actos de difusión cultural a través de los medios de comunicación social y de las instituciones educativo.
5)-Recabar, clasificar y custodiar los elementos que constituyen el acervo histórico Municipal.
6)- Conformar y acumular material bibliográfico amplio al servicio de la comunidad a través de bibliotecas públicas.
7)- Apoyar a los artistas locales, proponiendo al Departamento Ejecutivo Municipal las medidas tendientes a tal fin.
8)- Impulsar, desarrollar, apoyar y coordinar la labor de promoción y servicio hacia los sectores más carenciados de la comunidad.
9)- Promover la medicina social, en especial para atención de los indigentes.
Art.3º).- Comuníquese, Publíquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese.-
Dado en la Intendencia Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiséis días de febrero de dos mil veintiséis.-