Decreto Nº 5019 Veto Comision Industria


2024 “Año del 30º aniversario del Hermanamiento con Cavallermaggiore”

DECRETO Nº 5019

VISTO:

La Ordenanza Nº 2514 sancionada por el HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL; y

CONSIDERANDO:

Que, por la misma se establece la creación de la Comisión para el Desarrollo y la Innovación Productiva de San Jorge.-

Que, dicha comisión es órgano consultivo integrado por representantes del Departamento Ejecutivo, integrantes del Legislativo, integrantes de representantes de Adquirientes del Área Industrial para El Desarrollo de San Jorge y, un representante del Centro Comercial e Industrial.-

Que, dicha Comisión a su vez, deja sin representación a los empresarios que no poseen terrenos en el Área Industrial, los cuales también son parte del Desarrollo y la innovación productiva de la ciudad.

Que, dicha Comisión a su vez deja sin representación a las principales industrias de la ciudad como ser el Frigorífico Quickfood y el Molino de la ciudad, las fábricas de tanques Mayper y Bricher, la fabrica de pastas Rosetti, Vitalcrops y al sector metalúrgico de la ciudad por lo que la misma no es representativa del Desarrollo Industrial de la ciudad para lo cual deben ser consideradas.-

Que, dejar fuera a las principales industrias hace que no sea posible lograr un desarrollo mancomunado y coherente.

Que, se ha discrimado sin fundamente en el armado de la comisión a los principales creadores de fuentes de trabajo de la ciudad.-

Que, además de lo expuesto la misma no resulta necesaria toda vez que se pueden realizar las funciones de la misma sin necesidad de la creación de una comisión, que genera trabas burocráticas y perdidas de tiempo innecesarias, observando que se puede cumplir la misma función con una simple convocatoria a los interesados.-

Que, a su vez el municipio cuenta con una Subsecretaría de Producción que es la encargada de desarrollar las políticas de Desarrollo Productivo de la ciudad, incluyendo las relativas al desarrollo del Área Industrial, por lo cual la creación de la presente comisión interfiere con las facultades otorgadas a dicha Secretaría y en definitiva las asignadas al Departamento Ejecutivo.-

Que, por dichos motivos resulta observable la presente ordenanza dado fundamentalmente que no es representativa del total del sector industrial;

Por todo ello, el Intendente Municipal de la ciudad de San Jorge, en uso de las facultades que le son propias:

DECRETA

Art. 1º).- Vétese la Ordenanza Nº 2514 de fecha 01 de Noviembre de 2024, por los motivos expuestos en los Considerandos del Presente, conforme a lo prescripto por el Art. 41 inc 6 de la Ley Nº 2756 “Orgánica de Municipalidades y Comunas de la Provincia de Santa Fe”.-

Art. 2º).- Notificase a la Secretaria del Honorable Concejo Municipal para que comunique al Cuerpo Legislativo.-

Art. 3º).- Notificase, comunicase, publicase, dese Copia al Registro Municipal y archivese.-

Dada en la Intendencia Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los 04 Días del mes de Noviembre de dos mil veinticuatro.-