Resolución 26159 Tributaria Factor Redeterminacion Costos

 

2024 “Año del 30º aniversario del Hermanamiento con Cavallermaggiore”

RESOLUCION IM/26.159

VISTO:

La Ordenanza Tributaria Nº 2294, y;

 

CONSIDERANDO:

Que los Artículos 2 bis, 11 y 45 de la Ordenanza Nº 2294 disponen la aplicación del Factor de Redeterminación de Costos, el cual se verifica como coeficiente de revalorización, a los fines de mantener estable las contribuciones por prestaciones de servicios con relación al verdadero costo de las mismas;

Que dicho factor es aplicable a los tributos de Tasa General de Inmuebles Urbanos, Obras Cloacales, Obra de Red de Agua Potable, Obra de Red de Distribución de Gas;

Que el Factor de Redeterminación de Costos de tributos consiste en un coeficiente que resulta de la sumatoria de las porcentuales variaciones que se verifiquen en dos componentes, a saber: Asignación de la categoría 8 del escalafón municipal y valor de 1 litro de combustible de Gasoil correspondiente a empresa “YPF” y/o la que el Departamento Ejecutivo Municipal determine;

Que la Ordenanza tarifaria habilita la aplicación trimestral de dicho coeficiente;

Que según la información obtenida por “Líder Combustible”, estación de Servicios YPF, el valor del litro de gasoil ultradiesel era de $911 a enero de 2024 y de $1026 a marzo de 2024, originando una variación de 12,62% (doce con sesenta y dos por ciento)

Que las variaciones en las asignaciones básicas de Categoría 8 del escalafón municipal pasó de un valor de $274.687,38.-. en enero de 2024 y de $420.271,38.- en marzo de 2024; originando una variación del 53% (cincuenta y tres por ciento);

Que la fórmula de redeterminación de Costos será calculada sumando el 60% (sesenta por ciento) de la variación porcentual del elemento “asignación categoría 8” y el 40% (cuarenta por ciento) de la variación porcentual del elemento “valor 1 litro de combustible”;

Que la mencionada fórmula establece una variación a aplicar del 36,85% (treinta y seis con ochenta y cinco por ciento);

 

Por todo ello el Intendente Municipal de la Ciudad de San Jorge, en uso de las atribuciones que le son propias:

RESUELVE

Art. 1º).- Establecer el factor de Redeterminación de Costos correspondiente al trimestre enero-marzo 2024 en el coeficiente del 36,85% de conformidad a lo establecido en los artículos 2º bis, 11 y 45 de la Ordenanza Nº 2294.-

Art. 2º).- Disponer la aplicación del aumento para la Tasa de Servicios y obras de acuerdo a los Art. 2 Bis, Art. 11 y Art. 45 de la Ordenanza Tributaria del 36,85% correspondiente al período enero-marzo a partir de las próximas emisiones de los tributos respectivos, según el siguiente detalle:

ART. 2 – TASA GENERAL DE INMUEBLES URBANOS
       
A) CATEGORIAS 1ERA 1232
    2DA 1040
    3RA 876
    4TA 780
    5TA 684
       
B) RECOLECCIÓN RESIDUOS 1ERA (COM E IND) 1779
    2DA (CASAS) 684
    3RA (GRANDES INDSUTRIAS) 12316
       
C) RECOLECCIÓN DESCARTES   438
       
D) RIEGO     15
       
E) BARRIDO     25
       
F) ZANJEO, ABOVED. Y CONSERV. CALLES     19
       
G) MANT. PAVIMENTO   96
       
H) MANTEN. CLOACAS 1ERA 968
    2DA 520
       
I) OBRAS CLOACAS PLAN 87 CUOTAS 12043
    NUEVAS 45571
    ORD 1810 17154
       
J) MANT. ALUMBRADO   657
       
M) DISPOSICION FINAL RSU   438
       
O) MANTENIMIENTO ARBOLADO   260
       
P) TASA EQUIL. PERROS Y GATOS   174
       
ART. 11 OBRA RED DE AGUA POTABLE
       
OBRA     110365
METRO ADICIONAL   6281
OBRAS NUEVAS   33036
       
ART. 45 – OBRA DE RED DE DISTRIBUCION DE GAS
       
OBRAS NUEVAS   33036
OBRAS EXISTENTES   104690
METRO ADICIONAL   6295
ORD. 1810     14917

Art. 3º).- Tome Razón subsecretaría de Hacienda y toda otra dependencia a la que incumba la aplicación de la presente resolución.-

Art. 4º).- Comuníquese, publíquese, dése copia al Registro Municipal y archívese.-

Dada en la Intendencia Municipal de San Jorge, ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe a los once días del mes de abril de dos mil veinticuatro.-