Decreto 4913 Marchegiani

DECRETO N° 4913

VISTO:

La ordenanza N° 592, sus modificatorias y disposiciones complementarias sancionadas por el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de San Jorge.-

La vacancia existente en el cargo de INSPECTORA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA de esta Municipalidad de San Jorge, atento la asunción de nuevas autoridades, y:

CONSIDERANDO:

Que para un óptimo desarrollo de la Administración, y en un todo de acuerdo con las disposiciones de la Ley Orgánica de Municipalidades de la Provincia de Santa Fe y el organigrama vigente, resulta adecuado la designación de una funcionaria para desarrollar las tareas inherentes a dicho cargo.-

Que la Sra. MARIA JULIA MARCHEGIANI, demuestra idoneidad para el desempeño de dicha área atento a ser anteriormente quien detentaba el presente cargo.-

Por todo ello, el Intendente Municipal de San Jorge, en uso de las facultades que le son propias,

DECRETA

Art.1º).-: Desígnese a la Sra. MARÍA JULIA MARCHEGIANI, DNI N° 30.516.856, Como INSPECTORA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA de esta Municipalidad a partir del día 11 de Diciembre de 2023, quien deberá cumplir sus funciones de acuerdo a La ordenanza N° 592, sus modificatorias y disposiciones complementarias sancionadas por el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de San Jorge y el Organigrama Municipal.-

Art.2º).-: Serán sus funciones:

  1. Proteger la salud del consumidor, informando a los comercios sobre las campañas prevención organizadas por la DSA y ASSAL
  2. Controlar el cumplimiento de las normativas vigentes, mediante auditorias y verificación continua, de la cadena de elaboración, conservación, distribución de los mismos.-
  3. Realizar las auditorias de habilitación vehicular para la habilitación de los mismos.-
  4. Cumplir con el sistema integrado de auditorías vehicular programado por Assal para controlar los alimentos que ingresan al municipio.-

5 Recepción de denuncias efectuadas en forma personal, telefónicamente o por Email.- 6. Auditorias previas a la habilitación, de locales y/o Empresas fabricantes como parte del trámite de Inscripción.-

7.- Fiscalización de habilitaciones de fábricas, transportes, comercios del rubro alimenticio dentro del ejido municipal.-

8.- Toma de nuestras de alimentos y bebidas para cumplir con el sistema de vigilancia.-

9. Comunicar delitos, faltan o irregularidades que lleguen a su conocimiento relacionadas a sus funciones.-

10. Diligenciamiento de notas, expedientes y actas de comprobación de faltas.-

Art.3º).-: Comuníquese, Publíquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese.-

Dado en la Intendencia Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los once días de dos mil veintitrés.-