Decreto 4926 Firma de Cheques

DECRETO N° 4926

VISTO:

La necesidad de efectuar delegación de firma de los cheques y tramitaciones bancarias, atento posibles ausencias o viajes protocolares a realizar por el Intendente de la ciudad de San Jorge, Sr. Juan Pablo Pellegrino.-

CONSIDERANDO:

Que, resulta necesario incorporar firma autorizada con el objeto de realizar los pagos que esta Municipalidad de San Jorge deba efectuar por todo concepto contra las cuentas oficiales en las sucursales de nuestra ciudad de los Bancos: Nuevo Banco de Santa Fe S.A, Credicoop Ltmdo.-, Banco Macro S.A, Santander S.A y Banco Nación S.A, y:

Que en consecuencia, la presente delegación recaerá en el Secretario de Gobierno, Mariano Germán Salomón, en el Secretario de Obras y Servicios Públicos Germán Camoletto y la Subsecretaria de hacienda Sra. Micaela Ñañez.-

Por todo ello, el Intendente Municipal de San Jorge, en uso de las facultades que le son propias,

 

DECRETA

Art.1º).-: AUTORIZAR para la rúbrica de cheques y de diferentes tramitaciones bancarias de la Municipalidad de San Jorge, desde el día 12 de diciembre de 2023, hasta el día 10 de Diciembre de 2027, a favor de las siguientes personas: Intendente Municipal Sr. Juan Pablo Pellegrino, DNI Nº 28.135.549, Secretario de Gobierno Mariano Germán Salomón, DNI Nº 35.751.157, Secretario de Obras y Servicios Públicos, Sr. Germán Antonio Ramón Camoletto, DNI Nº 22.593.599 Y Subsecretaria de Hacienda Micaela Ñañez, DNI Nº 32.463.938.-

Art. 2º) Deróguese toda otra norma que se oponga al presente decreto.-

Art. 3:º) Póngase en conocimiento de las Sucursales Bancarias de los Bancos Nuevo Banco de Santa Fe S.A, Credicoop Ltmdo.-, Banco Macro S.A, Santander S.A y Banco Nación S.A, Sucursal San Jorge.-

Art. 4:º) Establécese que ningún cheque podrá ser validamente emitido sin al menos la firma de dos de las personas autorizadas en el Art. 1º de la presente, debiendo ser una de ellas el Intendente Municipal Juan Pablo Pellegrino o en su defecto el Secretario de Gobierno Mariano Germán Salomón.-

Art. 5:º) Tomen conocimiento los interesados y las dependencias que correspondan.-

 

Art. 6º).-: Comuníquese, Publíquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese.-

Dado en la Intendencia Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los doce días de dos mil veintitrés.-