Decreto 4901 Salomon
DECRETO N° 4901
VISTO:
La ordenanza N° 592, sus modificatorias y disposiciones complementarias sancionadas por el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de San Jorge.-
La vacancia existente en el cargo de SECRETARIO DE GOBIERNO de esta Municipalidad de San Jorge, atento la asunción de nuevas autoridades, y:
CONSIDERANDO:
Que para un óptimo desarrollo de la Administración, y en un todo de acuerdo con las disposiciones de la Ley Orgánica de Municipalidades de la Provincia de Santa Fe y el organigrama vigente, resulta adecuado la designación de una funcionaria para desarrollar las tareas inherentes a dicho cargo.-
Que el Sr. Mariano Germán Salomón, demuestra idoneidad para el desempeño de dicha área, atento a sus antecedentes laborales, académicos y su experiencia en gestión en diversas entidades intermedias.-
Por todo ello, el Intendente Municipal de San Jorge, en uso de las facultades que le son propias,
DECRETA
Art.1º).-: Desígnese al Sr. MARIANO GERMÁN SALOMÓN, DNI N° 35.751.157 Como SECRETARIO DE GOBIERNO de esta Municipalidad a partir del día 11 de Diciembre de 2023, quien deberá cumplir sus funciones de acuerdo a La ordenanza N° 592, sus modificatorias y disposiciones complementarias sancionadas por el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de San Jorge y el Organigrama Municipal.-
Art.2º).- Serán sus funciones:
-
- Armonización de la acción de Gobierno Municipal con las políticas desarrolladas por los Gobiernos de la Provincia y de la Nación.
- Dirección de las relaciones con entes empresarios, gremiales, profesionales, culturales y en general con todos los habitantes del éjido municipal. –
- Organización y dirección del ceremonial Municipal y todo lo referente a los actos públicos. –
- Comunicaciones o información pública municipal.
- Convocatoria y organización de elecciones municipales.
- Difusión de normas, regímenes, planos, programas, servicios, ordenanzas, decretos, declaraciones y actos municipales relevantes.
- Promoción económica general del municipio.
- Fomento y apoyo de la producción agropecuaria, industrial y comercial.
- Organización de mercados concentración, abasto y frigoríficos.
- Habilitación de Industrias y Comercios y autorización de vendedores ambulantes.
- Elaboración y programación de planes de acción social y comunitaria.
- Promoción, preservación y recuperación de la salud.
- Registro y control del funcionamiento de hospitales, sanatorios, clínicas y consultorios médicos.
- Registro de patentes, inspección, protección y sanidad animal.
- Acción sanitaria contra plagas y pestes.
- Previsión, asistencia social y fomento de la Vivienda.
- Protección de la familia, el niño y el anciano.
- Asistencia al indigente.
- Pensiones graciables a la vejez e invalidez.
Art.3º).-: Comuníquese, Publíquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese.-
Dado en la Intendencia Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los once días de diciembre de dos mil veintitrés.-