Decreto 4907 Diaz

DECRETO N° 4907

VISTO:

La ordenanza N° 592, sus modificatorias y disposiciones complementarias sancionadas por el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de San Jorge.-

La vacancia existente en el cargo de Subsecretaria De Cultura de esta Municipalidad de San Jorge, atento la asunción de nuevas autoridades, y:

CONSIDERANDO:

Que para un óptimo desarrollo de la Administración, y en un todo de

acuerdo con las disposiciones de la Ley Orgánica de Municipalidades de la Provincia de Santa Fe y el organigrama vigente, resulta adecuado la designación de una funcionaria para desarrollar las tareas inherentes a dicho cargo.-

Que la Sra. Maribel Diaz, demuestra idoneidad suficiente para el desempeño de dicha área siendo una reconocida artista, con trayectoria como cantante y docente a nivel provincial y nacional.-

Por todo ello, el Intendente Municipal de San Jorge, en uso de las facultades que le son propias,

DECRETA

Art.1º).-: Desígnese a la Sra. Maribel Diaz, DNI N° 37.408.547, al cargo de Subsecretaria de Cultura y Deportes de esta Municipalidad a partir del día 11 de Diciembre de 2023, quien deberá cumplir sus funciones de acuerdo a La ordenanza N° 592, sus modificatorias y disposiciones complementarias sancionadas por el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de San Jorge y el Organigrama Municipal.-

Art.2º).- Serán sus funciones:

1) Promover y coordinas las actividades culturales y artísticas de carácter general.

2)- Elaborar planes de extensión cultural.

3)- Difundir programas o eventos culturales de menor acceso popular.

4)- Apoyar la realización de cursos, conferencias y otros actos de difusión cultural a través de los medios de comunicación social y de las instituciones educativo.

5)-Recabar, clasificar y custodiar los elementos que constituyen el acervo histórico Municipal.

6)- Conformar y acumular material bibliográfico amplio al servicio de la comunidad a través de bibliotecas públicas.

7)- Apoyar a los artistas locales, proponiendo al Departamento Ejecutivo Municipal las medidas tendientes a tal fin.

8)- Impulsar, desarrollar, apoyar y coordinar la labor de promoción y servicio hacia los sectores más carenciados de la comunidad.

9)- Promover la medicina social, en especial para atención de los indigentes.

Art.3º).- Comuníquese, Publíquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese.-

Dado en la Intendencia Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los once días de dos mil veintitrés.-