Resolución 26065 Cesión San Jorge Vivienda Propia I
RESOLUCIÓN IM/26.065
VISTO:
El Expte. Nº 2068 – Año 2023; y
CONSIDERANDO:
Que, por el mismo, el/la Sr/a. GIGENA MARGARITA DOMINGA, DNI Nº 12.955.524, solicita CEDER los DERECHOS y ACCIONES que posee como Adherente Nº 00051 del Plan “SAN JORGE VIVIENDA PROPIA I” a favor del/de el/la Sr/a. Agustín GIGENA VERÓNICA SOLEDAD, DNI Nº 27636.839, ambos con domicilio en la ciudad de San Jorge;
Que, la Dirección Municipal de la Vivienda informa que la Sra. Gigena Margarita Dominga se encuentra inscripto/a como Adherente Nº 00051 del Plan antes mencionado;
Que, según la Ordenanza Nº 1507 fecha 12 de noviembre de dos mil nueve, en su Artículo 13º establece que el Adjudicatario o no de la vivienda podrá ceder a un tercero los Derechos y Obligaciones emergentes del Plan, contando siempre con la expresa conformidad de la Dirección Municipal de la Vivienda;
Que, la Sra. Gigena Verónica Soledad, deberá cumplimentar los requisitos establecidos en el Art. 3º de la Ordenanza Nº 1507 para poder acceder como adherente del Plan “SAN JORGE VIVIENDA PROPIA I”;
Por todo ello, el Intendente Municipal de la ciudad de San Jorge, en uso de las atribuciones que le son propias:
RESUELVE
Art. 1º). Instrúyase a la Dirección Municipal de la Vivienda para que realice los trámites necesarios para proceder a la cesión de DERECHOS Y ACCIONES a favor de la Sra. Verónica Soledad Gigena, dando cumplimiento a lo estipulado en el artículo 3º de la Ordenanza Nº 1507 de fecha 28 de Diciembre de 2004.-
Art. 2º).- Comuníquese al interesado por medio fehaciente.-
Art. 3).- Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.
Dada en la Intendencia Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe a los dieciocho días del mes de Diciembre de dos mil veintitrés.