Resolución 26082 Presupuesto
RESOLUCIÓN IM/26.082
VISTO:
Lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756 previendo Ingresos y Egresos hasta la finalización de cada Ejercicio, permitiendo cubrir el normal funcionamiento del Municipio; y
CONSIDERANDO:
Que, a los fines de su cumplimiento, debe sancionarse la medida que fije el Presupuesto General de esta Administración para el Año 2024;
Que, se ha evaluado debidamente la disponibilidad de recursos propios y de otras jurisdicciones;
Que, el aumento del Presupuesto de Ingresos y su consecuente aumento del Presupuesto de Egresos, obedece a Cálculos y Proyecciones efectuados por el Departamento Contable del Municipio;
Que, atento a lo normado en los Artículos 8º y 9º de la Ley Provincial Nº 7234 de Defensa en Juicio del Estado y sus modificaciones; resulta conveniente adoptar en forma expresa tales disposiciones en la Presente Ordenanza, alejando así cualquier tipo de duda acerca de la vigencia de las mismas, lo que redundará en beneficio de una mejor Administración Municipal y consecuentemente con ella, de la comunidad en general;
Que, las erogaciones guardan un equilibrio en los diversos aspectos del accionar municipal;
Por todo ello, el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756:
RESUELVE:
Art 1º.) Elevar al Honorable Concejo Municipal el siguiente Proyecto de Ordenanza para su correspondiente estudio y aprobación;
PROYECTO DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Fíjese en la suma de $ 4.281.807.336,59- (Pesos cuatro mil doscientos ochenta y un millones ochocientos siete mil trescientos treinta y seis con cincuenta y nueve centavos) el Total General de Erogaciones del Presupuesto General de la Administración Municipal para el año 2024, conforme a planilla adjunta.
ARTÍCULO 2°: Estímese en la suma de$ 4.281.807.336,59- (Pesos cuatro mil doscientos ochenta y un millones ochocientos siete mil trescientos treinta y seis con cincuenta y nueve centavos) el Total de Recursos destinados a atender las Erogaciones a que refiere el Artículo 1°, conforme a planilla adjunta.
ARTÍCULO 3°: facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a reconducir partidas presupuestarias en caso de que se prevea defecto en algunas y exceso en otras; con la única limitación de no alterar el monto de las Partidas Principales de EROGACIONES, siguiendo los lineamientos del art. 28 de la Ley 12.510.
ARTÍCULO 4°: Cuando el Presupuesto de Recursos sea superado por el total estimado a ingresar durante el ejercicio, dicha diferencia posibilitará incrementar las partidas presupuestarias que lo requieran o bien constituirse como remanente para el ejercicio siguiente
ARTÍCULO 5°: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar el Presupuesto General incorporando las partidas necesarias o incrementando las ya previstas, cuando deba realizar erogaciones originadas por la adhesión a Leyes, Decretos y Convenios Nacionales o Provinciales en vigencia dentro del ámbito municipal. Dicha autorización estará limitada a los aportes que a tal efecto dispongan el Gobierno Nacional y/o Provincial.
ARTÍCULO 6°: Aprobar el Clasificador Uniforme de la estructura del Presupuesto General de la Administración Municipal del Ejercicio Financiero del año 2024 y sus conceptualizaciones, elaborado por la Secretaría de Gobierno y la Subsecretaría de Hacienda del Municipio, de acuerdo con la metodología informada en esta oportunidad por la Secretaría de Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe.-
ARTÍCULO 7°: La presente ordenanza tendrá vigencia a partir del día primero de Enero del año 2024.-
ARTÍCULO 8°: De forma.-
Art 2º.) Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.-
Dado en la Intendencia Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe a los diez días del mes de enero de 2024.-