Resolución 26224 Tributaria Redeterminacion

 

2024 “Año del 30º aniversario del Hermanamiento con Cavallermaggiore”

RESOLUCION IM/26.224

VISTO:

La Ordenanza Tributaria Nº 2294, y;

 

CONSIDERANDO:

Que los Artículos 2 bis, 11 y 45 de la Ordenanza Nº 2294 disponen la aplicación del Factor de Redeterminación de Costos, el cual se verifica como coeficiente de revalorización, a los fines de mantener estable las contribuciones por prestaciones de servicios con relación al verdadero costo de las mismas;

Que dicho factor es aplicable a los tributos de Tasa General de Inmuebles Urbanos, Obras Cloacales, Obra de Red de Agua Potable, Obra de Red de Distribución de Gas;

Que el Factor de Redeterminación de Costos de tributos consiste en un coeficiente que resulta de la sumatoria de las porcentuales variaciones que se verifiquen en dos componentes, a saber: Asignación de la categoría 8 del escalafón municipal y valor de 1 litro de combustible de Gasoil correspondiente a empresa “YPF” y/o la que el Departamento Ejecutivo Municipal determine;

Que la Ordenanza tarifaria habilita la aplicación trimestral de dicho coeficiente;

Que según la información obtenida por “Líder Combustible”, estación de Servicios YPF, el valor del litro de gasoil ultradiesel era de $1026 a abril de 2024 y de $1094 a junio de 2024, originando una variación de 6,63% (seis con sesenta y tres por ciento)

Que las variaciones en las asignaciones básicas de Categoría 8 del escalafón municipal pasó de un valor de $458.981,06.-. en abril de 2024 y de $497.184,18.- en junio de 2024; originando una variación del 8,32% (ocho con treinta y dos por ciento);

Que la fórmula de redeterminación de Costos será calculada sumando el 60% (sesenta por ciento) de la variación porcentual del elemento “asignación categoría 8” y el 40% (cuarenta por ciento) de la variación porcentual del elemento “valor 1 litro de combustible”;

Que la mencionada fórmula establece una variación a aplicar del 7,64% (siete con sesenta y cuatro por ciento);

 

Por todo ello el Intendente Municipal de la Ciudad de San Jorge, en uso de las atribuciones que le son propias:

RESUELVE

Art. 1º).- Establecer el factor de Redeterminación de Costos correspondiente al trimestre abril-junio 2024 en el coeficiente del 7,64% (siete con sesenta y cuatro por ciento) de conformidad a lo establecido en los artículos 2º bis, 11 y 45 de la Ordenanza Nº 2294.-

Art. 2º).- Disponer la aplicación del aumento para la Tasa de Servicios y obras de acuerdo a los Art. 2 Bis, Art. 11 y Art. 45 de la Ordenanza Tributaria del 7,64% (siete con sesenta y cuatro por ciento) correspondiente al período abril-junio a partir de las próximas emisiones de los tributos respectivos, según el siguiente detalle:

ART. 2 – TASA GENERAL DE INMUEBLES URBANOS
       
A) CATEGORIAS 1ERA 1326
    2DA 1119
    3RA 943
    4TA 840
    5TA 736
       
B) RECOLECCIÓN RESIDUOS 1ERA (COM E IND) 1915
    2DA (CASAS) 736
    3RA (GRANDES INDSUTRIAS) 13257
       
C) RECOLECCIÓN DESCARTES   471
       
D) RIEGO     16
       
E) BARRIDO     27
       
F) ZANJEO, ABOVED. Y CONSERV. CALLES     20
       
G) MANT. PAVIMENTO   103
       
H) MANTEN. CLOACAS 1ERA 1042
    2DA 560
       
I) OBRAS CLOACAS PLAN 87 CUOTAS 12963
    NUEVAS 49053
    ORD 1810 18465
       
J) MANT. ALUMBRADO   707
       
M) DISPOSICION FINAL RSU   471
       
O) MANTENIMIENTO ARBOLADO   280
       
P) TASA EQUIL. PERROS Y GATOS   187
       
ART. 11 OBRA RED DE AGUA POTABLE
       
OBRA     118797
METRO ADICIONAL   6761
OBRAS NUEVAS   35560
       
ART. 45 – OBRA DE RED DE DISTRIBUCION DE GAS
       
OBRAS NUEVAS   35560
OBRAS EXISTENTES   112688
METRO ADICIONAL   6776
ORD. 1810     16057

Art. 3º).- Tome Razón subsecretaría de Hacienda y toda otra dependencia a la que incumba la aplicación de la presente resolución.-

Art. 4º).- Comuníquese, publíquese, dése copia al Registro Municipal y archívese.-

Dada en la Intendencia Municipal de San Jorge, ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe a los un días del mes de julio de dos mil veinticuatro.-